CONDICIONES GENERALES DEL CONTRATO DE MODULOS DE GUARDAMUEBLES Y TRASTEROS

La empresa actualmente y sin perjuicio de otras actividades que ahora o en el futuro pudiera acometer por sí o a través de empresas filiales o participadas, se dedica a la explotación comercial de alquiler de espacios en general, y especialmente de alquiler de trasteros, módulos y mini-almacenes en cualquiera de las ciudades donde opera. Son sus clientes finales los particulares y empresas con necesidades de espacio.

La utilización de los servicios o la contratación de productos o servicios que GRANDE INSTITUCIONAL presta a sus clientes supone la  aceptación de las siguientes condiciones generales.

1.- Aceptación y disponibilidad de las Condiciones Generales de Contratación

Mediante la aceptación del presente contrato, usted declara:

  • que es una persona mayor de edad (o con representación suficiente para el caso de personas jurídicas) y con capacidad para contratar,
  • que ha leído y acepta las presentes condiciones generales en su totalidad. Estas CONDICIONES regulan la relación jurídica que emana de los procesos de contratación realizados entre los usuarios-CLIENTES (en adelante el CLIENTE) y GRANDE RELOCATION S.L. Los CLIENTES aceptan las Condiciones Generales desde el instante que utilicen o contraten el servicio o adquieran cualquier producto. Este documento puede ser impreso y almacenado por los CLIENTES. GRANDE RELOCATION pone a disposición de estos, el número de teléfono 961640839 Y NUMERO DE WHATSAPP 672152597 para que puedan plantear cualquier duda acerca de las Condiciones Generales.

2.- Normas aplicables

Las presentes Condiciones Generales, están sujetas a lo dispuesto a la Ley 7/1998, de 13 de abril, sobre Condiciones Generales de Contratación, a la Ley 26/1984, de 19 de julio, General para la Defensa de Consumidores y Usuarios, a la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, la Ley 7/1996, de 15 de enero de Ordenación del Comercio Minorista, a la Ley 44/2006 para la mejora de la protección de los Consumidores y Usuarios, el Real Decreto Legislativo 1/2007 por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias y al Código de Comercio y Código Civil.

Queda entendido que las presentes Condiciones Generales tienen naturaleza mercantil, derivándose por tanto una relación “sui generis”, atípica e innominada, de prestación de servicios, sin que en ningún caso el presente contrato pueda ser considerado depósito o cualquier otra figura con la que se puedan encontrar analogías.

3.- Objeto del contrato

Constituye objeto del presente contrato el alquiler de un espacio físicamente delimitado denominado módulo, trastero o box por un tiempo determinado. Se define módulo, trastero o bos al espacio individualizado que se pone a disposición del CLIENTE, en las condiciones fijadas en el presente contrato.

La diferencia entre módulos y trasteros o box, estriba en que los primeros son manipulados por la empresa y con acceso restringido; y los segundos son manipulados por el cliente y con libre acceso.

  1. USO

El CLIENTE, por el presente contrato, y siempre que se cumplan las condiciones económicas pactadas, dispone de un módulo o trastero, cuyas características se especificarán en las Condiciones Particulares, de entre los tipos de módulos y trasteros que se ofertan, cuyo destino es el almacén de bienes muebles diversos y efectos personales, siempre que no estén expresamente prohibidos en las presentes Condiciones Generales.

El CLIENTE dispondrá en el caso de trasteros de las llaves específicas (bien sean físicas o electrónicas a través de códigos individualizados), siendo por tanto responsabilidad de éste el uso y custodia de estas.

En el caso de módulos de guardamuebles, la empresa manipulará los efectos personales y mobiliario en el espacio que esta designe. Siendo la manipulación a cargo de GRANDE. Sin cargo en entrada de mudanza y salida. Cualquier otra manipulación parcial originará un gasto por horas en concepto de manipulación

Corresponde al CLIENTE en el caso de trasteros la manipulación, el almacenamiento y depósito de los bienes que desee alojar en el módulo contratado, por lo que GRANDE queda exonerada de cualquier tipo de responsabilidad, derivada de la inserción y desalojo de los bienes muebles y de cualquier daño al patrimonio que pudiera causarse, tanto al de grande como al de terceros, salvo que hubiera existido dolo, culpa o negligencia de GRANDE.

El CLIENTE responde de la titularidad de los bienes que deposita, por lo que la empresa no tendrá ningún tipo de responsabilidad al respecto. El CLIENTE responderá en el caso de los trasteros de los gastos de reparación y limpieza del módulo y zonas comunes de libre acceso de la empresa, en el caso de causar daños o dejar desperdicios.

La empresa se reserva el derecho de cambiar de ubicación el box contratado, por existir razones justificadas y urgentes. El traslado de los bienes se llevará a cabo por el propio CLIENTE, salvo que, por urgente necesidad y justa causa, la empresa no le sea posible comunicar esta circunstancia al CLIENTE con el suficiente preaviso.

  • ACCESO

El cliente de trastero tendrá acceso al módulo contratado en el horario  establecido por la empresa. Siendo este en estos momentos de libre acceso entre las 8:00 de la mañana a 17:00 horas en días laborables. El resto de horario estarña disponible los 365 días las 24 horas con comunicación previa de dos horas en horario comercial.

El CLIENTE dispondrá de libre circulación por las zonas comunes y de libre acceso que la empresa determine.

El CLIENTE podrá acceder al trastero contratado: 1) por sí mismo; 2) por persona expresamente autorizada por éste (debiendo comunicar a la empresa por escrito (admitiéndose cualquier medio, incluido telemáticos), al menos, con un preaviso de una hora, el nombre completo y DNI del autorizado); 3) con aquellas personas que físicamente acompañen al CLIENTE (auxiliares).

La empresa se reserva el derecho de requerir la identificación del CLIENTE o personas por éste autorizadas.

El CLIENTE deberá devolver, en el mismo estado en que lo recibió, cualquier material facilitado por la empresa para las operaciones de carga y descarga, inmediatamente de que acaben estas, no pudiendo almacenarlo en ningún caso dentro del trastero. En caso de que el CLIENTE incumpla esta obligación la empresa podrá cargarle una penalización igual al importe del precio del material facilitado (incluido IVA).

Los clientes de módulos (guardamuebles) podrán inspeccionar, retirar, manipular sus bienes comunicándolo a la empresa con una antelación mínima de 48 horas. Siendo en este caso la manipulación a cargo del cliente.

DESALOJO

En el caso de trasteros al término de la relación contractual, el CLIENTE deberá dejar el trastero contratado libre, vacuo, expedito y a disposición de la empresa.

Los bienes deberán ser retirados por el CLIENTE de forma que no causen daños ni al box ni a las zonas comunes de acceso. En caso de que los bienes no sean retirados del trastero contratado por el CLIENTE en tiempo y forma se otorga un plazo de gracias de 30 días naturales para que el cliente pueda retirar sus bienes o formalizar un nuevo periodo de alquiler,  transcurrido ese plazo de gracia la empresa queda autorizada para acceder al trastero y trasladar los bienes a un punto limpio para su reciclaje o proceder a la entrega de los bienes a cualquier organización o entidad de interés social sin ánimo de lucro, siendo los gastos originados a cargo del cliente.

En el caso de módulos de guardamuebles, los contratos serán como máximo de anualidades, siendo estas renovables a petición del cliente. Llegados a la finalización del contrato los bienes deberán de ser retirados por el cliente o por la empresa a petición de este. Caso contrario se procederá en las mismas condiciones que los clientes de trasteros.

PROHIBICIONES ABSOLUTAS PARA LOS CLIENTES

  1. Almacenamiento: Cualquier producto perecedero y semiperecedero
  2. Bienes de comercio prohibidos por las Leyes y Reglamentos
  3. Productos químicos, gases, explosivos, tóxicos,inflamables
  4. Animales, ya sean vivos o muertos
  5. Otros usos: Queda totalmente prohibida la utilización del módulo, ya sea de forma permanente, ocasional o puntual, entre  otros como vivienda o domicilio social.
  6. PROHIBICIONES RELATIVAS PARA ELCLIENTE

Queda prohibido almacenar en el módulo sin previo consentimiento bienes de alto valor, tales como joyas, dinero, piedras preciosas, títulos-valores, acciones u obligaciones, objetos de arte cotizados en el mercado artístico, objetos de valor incalculable u otros de análoga consideración, entre otros.

En todo caso, el CLIENTE exonera a la empresa y la compañía aseguradora de cualquier responsabilidad derivada de cualquier incidente, siniestro o controversia que pudiera surgir por razón del almacenamiento de este tipo de bienes y renuncia por tanto a cualquier reclamación derivada de los mismo siendo a su riesgo el depósito de los citados bienes, salvo que hubiera existido dolo, culpa o negligencia de la empresa.

La contratación del seguro facilitado por la empresa es obligatoria con la contratación del servicio y su importe no está incluido en el precio del módulo o box.

La póliza de seguro se contratará directamente por el cliente o a través de la empresa por toda la duración del contrato, previa valoración y aprobación del riesgo por la emnpresa, para cubrir las posibles contingencias que se pudieran derivar para las personas y las cosas, incluido el inmueble. La presente obligación de contratación del seguro no limitará la responsabilidad del CLIENTE por los daños causados por su culpa o negligencia

4. Fianza.- En el servico de trasteros la empresa podrá solicitar al Cliente, antes de la toma de posesión del Trastero, el abono, en concepto de fianza o depósito en garantía, el importeel importe de una mensualidad  indicado en las Condiciones Particulares del presente contrato a los efectos de responder de los daños y perjuicios que pudiera causar en el Trastero, sus elementos arquitectónicos, servicios, instalaciones, y/o en las cerraduras o elementos de cierre, o en las instalaciones del Centro así como a otros Clientes o a sus pertenencias. En todo caso, el depósito tiene como finalidad garantizar el cumplimiento de todas las obligaciones asumidas por el Cliente.

Finalizado el Contrato, el importe de la fianza se devolverá al Cliente, en el caso de que haya sido abonada de forma previa, después de haber verificado el estado de su Trastero, siempre que no queden responsabilidades de las que el Cliente deba responder. En caso de que quedasen responsabilidades pendientes, su importe de detraerá del importe de la fianza. Del remanente a favor del Cliente se detraerá, además, en el momento de la devolución, un importe fijo de Gastos de Gestión de Administración que figurará en las Condiciones Particulares del Contrato

5.- Duración del contrato

Los contratos de trastero y de módulos  tendrá una duración inicial de UN MES, con una duración mínima de 15 días para trasteros y de 30 días para módulos de guardamuebles, sin perjuicio de que en las Condiciones Particulares pueda convenirse un plazo de mayor duración. En el caso de trasteros el contrato se prorrogará tácitamente por períodos sucesivos de UN  MES de duración, al vencimiento del plazo inicial o de las sucesivas prórrogas.

No obstante, cualquiera de las partes puede evitar la prórroga del contrato de trateros siempre que lo comunique expresamente y por escrito a la otra con una antelación a la finalización del periodo inicial o de la prórroga en curso de, al menos, QUINCE (15) días.

La prórroga tácita no procederá en caso de que el CLIENTE no se encuentre al corriente de pago de las cuotas o de cualquier otra obligación, sea dineraria o no, contraída con BLUESPACE.

El CLIENTE entiende y expresamente acepta que la falta de preaviso en tiempo y forma supone la prórroga automática por un nuevo periodo de UN MES, con los efectos que le son inherentes, especialmente el pago del precio.

6.- Precio, facturación y forma de pago

El precio del servicio se determinará en las Condiciones Particulares, en función del tipo, tamaño y ubicación del módulo o trastero solicitado y será pagadero por anticipado el primer día del periodo de duración inicial y  de cada una de sus prórrogas entre los días i y 5 de cada mes

La empresa emitirá, con cargo al CLIENTE, una factura MENSUAL, coincidiendo con el inicio del periodo inicial y el de cada una de las prórrogas, que incluirá le precio del servicio determinado en la Condiciones Particulares, así como el de todos aquellos otros servicios complementarios que hubieran sido contratados y los cargos en que hubiera incurrido el CLIENTE. El importen resultante queda sujeta al IVA o impuesto equivalente. La factura será pagadera a lavista.

Queda entendido por el CLIENTE que, en todo caso, de conformidad con el plazo mínimo de duración establecido en el párrafo primero de la Condición Quinta, el período mínimo de facturación será siempre de QUINCE (15) días naturales.

El pago de cada factura se realizará preferiblemente mediante tarjeta de crédito o a través de recibo domiciliado en la cuenta bancaria que designe el CLIENTE. Si se produce la devolución del recibo domiciliado, cobro en tarjeta o cualquier retraso en el pago de CINCO (5) días naturales o más, será a cargo del CLIENTE el pago de los daños y perjuicios producidos así como los gastos y comisiones en que La empresa hubiera incurrido en la gestión de recobro. Si el CLIENTE no regulariza el pago dentro de los SIETE (7) días naturales siguientes al requerimiento de pago de la empresa, el contrato quedará automáticamente resuelto, debiendo desalojar totalmente el   módulo o trastero en un plazo máximo de SIETE

(7) días naturales contados a partir de la fecha de recepción del requerimiento, sin perjuicio de las acciones que la empresa pueda ejercitar frente al CLIENTE por la cantidad debida. En caso de falta de desalojo, se estará a lo dispuesto en la Condición Séptima. En todo caso la empresa bloqueará los códigos personales (PIN) de acceso al centro así como el acceso al trastero del CLIENTE.

La cuota podrá ser revisada por la empresa al finalizar cada semestre natural de contratación por parte del cliente, para adaptarla a las condiciones de mercado, a las mejoras realizadas en el edificio y a las variaciones del coste efectivo de la prestación de los servicios, sin que dicha cuota pueda incrementarse por este motivo en más de un 10% del precio de tarifa vigente en el momento de la revisión. Para que esta surta efectos, la empresa remitirá al CLIENTE con una antelación mínima de SIETE días naturales una comunicación por escrito, mediante correo postal o electrónico, por la que (i) se le comuniquen los nuevos precios y la fecha a partir de la cual tomarán vigencia, (ii) se le informe de que, si no está de acuerdo con los nuevos precios, deberá manifestarlo así a la empresa antes de la fecha de entrada en vigor de los nuevos precios, en cuyo caso la misma comunicación servirá de manifestación de voluntad de no prorrogar el contrato a la finalización del periodo contractual o prórroga en curso; y, (iii), que si abona el adeudo domiciliado (recibo) del siguiente periodo se considerará a todos los efectos que ha aceptado y presta su consentimiento a la modificación del precio del contrato.

El pago comprende el período contratado, por lo que el CLIENTE tendrá derecho a devolución proporcional de la cuota, para el caso de resolución del contrato y devolución de la posesión en fecha anterior a la de finalización del periodo abonado, siempre que se haya cumplido el periodo de preaviso al que se refieren las Condiciones Quinta y Séptima. A estos efectos, no se considerará resuelto el contrato hasta que trascurra en su totalidad el plazo de preaviso.

El CLIENTE y la empresa acuerdan que la resolución del contrato por expiración del plazo convenido no dará lugar a ningún tipo de indemnización para ninguna de las partes, salvo la liquidación de cuentas que proceda realizar.

En caso de incumplimiento por parte del CLIENTE de cualquiera de las obligaciones dinerarias derivadas del servicio prestado por la empresa, los datos del CLIENTE podrán ser comunicados e incorporados a un fichero de incumplimiento de obligaciones dinerarias gestionado por la Asociación Española de Self Storage. Adicionalmente, la empresa  podrá comprobar y enjuiciar la solvencia económica del CLIENTE solicitando a la Asociación Española de Self Storage información relativa a los antecedentes crediticios y posiciones de riesgo del CLIENTE.

6.1- Autorización de cobro con tarjeta o domiciliación bancaria

Si la forma de pago empleada es a través de una tarjeta bancaria o domiciliación bancaria, el Cliente AUTORIZA a a la empresa a gestionar mediante cobro con tarjeta todos los cobros correspondientes a los alquileres devengados, todo   ello según la ley de Servicios de Pagos 16/2009 de 13 de noviembre. Le informamos que la empresa utiliza un proceso de cobro a través de un sistema informático seguro que encripta su número de tarjeta de crédito.

La empresa no conservará, ni podrá acceder a sus datos bancarios, únicamente se limita a gestionar la orden de cobro por tarjeta, ante la entidad bancaria.

7.- Resolución del contrato

POR TÉRMINO DEL CONTRATO /RESOLUCIÓN ANTICIPADA

Las partes podrán resolver el presente contrato anticipadamente, siempre que lo comunique expresamente y por escrito a la otra con una antelación a la finalización del periodo inicial o de la prórroga en curso de, al menos, QUINCE días naturales. Llegado el término del contrato, el CLIENTE deberá firmar el documento de resolución de contrato y saldo y finiquito facilitado por la empresa (calculado hasta el día de la firma del documento incluido) así como proceder al total desalojo del módulo contratado.

En todo caso, si el día fijado por el CLIENTE no se produce el total y efectivo desalojo del trastero o modulo, con la correspondiente firma del documento de resolución, el preaviso efectuado dejará de tener efecto teniéndose por no efectuado, con los efectos que le son inherentes.

El CLIENTE deberá abonar una penalización por falta de preaviso o preaviso defectuoso. Dicha penalización consistirá en el pago de cada uno de los días no preavisados.

La resolución del contrato por expiración del plazo convenido no dará lugar a ningún tipo de indemnización para ninguna de las partes, sin perjuicio del resarcimiento por daños y perjuicios que sí proceda para el caso de resolución del contrato por incumplimiento, en los términos expresados en el apartado siguiente.

POR INCUMPLIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN DE PAGO DELPRECIO

En relación con lo dispuesto en la Condición Sexta, para el caso de impago, retraso o devolución del recibo domiciliado, sin que el CLIENTE regularice tal situación en plazo máximo de SIETE días naturales siguientes al requerimiento de pago de la empresa, el contrato quedará automáticamente resuelto, debiendo desalojar totalmente el módulo o trastero en un plazo máximo de SIETE días naturales contados a partir de la fecha de recepción del requerimiento, sin perjuicio de las acciones que la empresa pueda ejercitar frente al CLIENTE por la cantidad debida.

8.- Privacidad y Protección de Datos Personales

  1. De conformidad con la normativa vigente de Protección de Datos de Carácter Personal RGPD (UE) 2016/679, La empresa informa al CLIENTE que los datos personales facilitados para la celebración de este contrato serán incorporados a un fichero de su propiedad con el objetivo de mantener la relación comercial existente y hacerle llegar información comercial acerca de los servicios relacionados con el alquiler de trasteros y guardamuebles ofrecidos por la empresa.

La empresa garantiza la confidencialidad de la información a la que pueda tener acceso con motivo del presente contrato, obligación que hará extensiva a sus empleados y colaboradores. Esta obligación de confidencialidad seguirá vigente incluso después de la finalización de la prestación de servicios.

El CLIENTE podrá ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, cancelación, oposición al tratamiento de sus datos personales, o cualquier otro que le asista según la citada normativa, de conformidad con lo establecido en la normativa vigente sobre protección de datos personales, dirigiéndose por escrito, adjuntando fotocopia de su DNI, al Departamento Legal al correo secretaria@smabogado.es En cumplimiento de lo establecido en el artículo 22 de la Ley 34/2002, de 11 de julio, de Servicios de la Sociedad de la Información y de Comercio Electrónico (LSSI), la empresa comunica a los titulares del Contrato su intención de enviarles comunicaciones comerciales por correo electrónico o por cualquier otro medio de comunicación electrónica equivalente.

Le informamos de la posibilidad de revocar dicho consentimiento dirigiendo una comunicación escrita adjuntando fotocopia de su DNI, al Departamento Legal ubicado en el correo secretaria@smabogado.es

9.- Notificaciones

Todas las notificaciones, requerimientos, peticiones y otras comunicaciones que hayan de efectuarse por las partes en relación con las presentes Condiciones Generales, deberán realizarse por escrito en los medios pactados en las condiciones particulares.

Ambas partes queda obligadas a comunicar por escrito y de forma expresa cualquier modificación o cambio que se produzcan en los datos facilitados en las Condiciones Particulares, en un plazo máximo de SIETE días naturales, contados a partir del momento en que se produzca el referido cambio, y en especial, cualquier cambio de domicilio, teléfonos o datos bancarios.

10.- Nulidad e ineficacia de las Cláusulas

Si cualquier cláusula incluida en estas Condiciones Generales fuese declarada, total o parcialmente, nula o ineficaz, tal nulidad o ineficacia afectará tan sólo a dicha disposición o a la parte de la misma que resulte nula o ineficaz, subsistiendo las Condiciones Generales en todo lo demás, teniéndose tal disposición, o la parte de la misma que resultase afectada, por no puesta.

11.- Propiedad industrial e intelectual

Todos los derechos de propiedad intelectual e industrial (contenido de la página web y su diseño gráfico, logos y marcas registradas) son propiedad exclusiva de la empresa, y es a quien le corresponde el ejercicio exclusivo de los derechos de explotación de los mismos. Así, queda prohibida su reproducción, distribución, comunicación pública y modificación, total o parcial, sin previa autorización expresa de la empresa. De igual forma, todos los signos distintivos, marcas, nombres comerciales o signos de cualquier clase contenidos en la página web, documentos, publicidad y cualesquiera otros en los que figure la empresa están protegidos por las leyes reguladoras de la propiedad industrial eintelectual.

12.- Jurisdicción competente

Salvo que exista fuero obligatorio o necesario, las cuestiones que se susciten con motivo de este Contrato entre el CLIENTE y la empresa se someterán a la competencia de los Tribunales y Juzgados correspondientes al lugar de situación del trastero objeto del contrato.